Necesitamos que se garantice y respete nuestro derecho a Consulta Previa, Libre e Informada
Recientemente el Ministerio de Cultura, supuesto ente rector de los derechos de los pueblos indígenas, cumplió un rol vergonzoso al recomendar que no se someta a consulta previa el otorgamiento de concesiones mineras en los territorios de nuestras comunidades sin que se lo soliciten, lo que quedó demostrado cuando envió un documento formal al Tribunal Constitucional (TC) con esta opinión.
En específico el caso se refiere a la demanda presentada ante el TC por la Comunidad Campesina de Arboleda (Puno) que exige la consulta previa de las concesiones mineras emitidas por el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico (INGEMMET) ya que se superponen a su territorio ancestral y a los de otras comunidades quechuas y aimaras, e incluso afectan a importantes restos arqueológicos.
El derecho a la consulta previa está consagrado por el Convenio 169 de la OIT y exige que sea aplicado para toda medida legislativa o administrativa que afecte de alguna manera los derechos de los pueblos indígenas, entre ellos los derechos territoriales. Para el Ministerio de Cultura, una concesión no afecta estos derechos, mientras no se inicie la actividad minera. ¿Hay que esperar todos los impactos sobre nuestros derechos sociales, ambientales, económicos, etc.? ¿No se trata más bien de garantizar preventivamente estos derechos?
Un caso similar es el de la comunidad campesina San Juan de Kañaris, que se opone al ingreso en sus territorios de la minera Candente Copper. Esta comunidad realizó el 2012 una consulta comunal en la que se acordó rechazar toda actividad minera en su territorio, ejerciendo su derecho a decidir sobre su modelo de desarrollo.
Actualmente el Ministerio de Cultura no defiende los derechos de los pueblos indígenas porque cumple el programa económico extractivista que prioriza las inversiones sobre los derechos porque estos no son casos aislados sino que responden a un modelo impuesto.
El ex relator de Naciones Unidas James Anaya señaló en un informe sobre los pueblos indígenas y las actividades extractivas que el otorgamiento de las concesiones sí debe ser sometido a consulta previa. Por ello, reafirmamos que este derecho fundamental de los pueblos indígenas andinos y amazónicos no está en discusión y el Ministerio de Cultura está obligado a protegerlo.
Desde ONAMIAP, rechazamos y condenamos estas actitudes del Ministerio de Cultura, asimismo reiteramos nuestra preocupación y la necesidad de una institucionalidad estatal indígena que tenga rango ministerial, capacidad de decisión y recursos. Sobre todo que cuente con nuestra plena participación, nos represente y defienda nuestros derechos. En este contexto, las organizaciones indígenas nacionales reiteramos nuestro compromiso de luchar por la defensa de nuestros derechos y lo haremos en todos los espacios hasta lograr el pleno ejercicio de esos derechos.