
La aplicación de nuestros derechos ante el mecanismo de la Cedaw


Mujeres de las zonas rurales
Al Comité le preocupa que las mujeres de las zonas rurales y las mujeres que residen en zonas altoandinas y en la Amazonía se vean enfrentadas a problemas particulares en el ejercicio de sus derechos. Toma nota con preocupación de las importantes limitaciones que experimentan esas mujeres, como la ausencia de una política de desarrollo rural que tenga en cuenta las cuestiones de género, lo cual hace que no puedan participar plenamente en las políticas rurales y agrícolas ni beneficiarse de ellas en pie de igualdad. El Comité está también preocupado por el hecho de que no haya una dimensión de género en la cuestión de la propiedad y la tenencia de la tierra y de que las mujeres se vean afectadas por la adquisición de tierras y recursos por las empresas multinacionales y, sin embargo, a menudo no reciban ninguna indemnización ni sean consultadas en relación con medios de subsistencia alternativos. El Comité también observa con preocupación que el cambio climático y las catástrofes naturales recurrentes, como las grandes sequías, los corrimientos de tierras, los terremotos y las heladas, tienen repercusiones diferentes en los hombres y las mujeres.
El Comité recomienda al Estado parte que garantice la participación de las mujeres en las políticas rurales y agrícolas en igualdad de condiciones. También recomienda al Estado parte que integre la perspectiva de género en la adquisición de tierras y los cambios en la utilización de la tierra, y que garantice que se proporcione a las mujeres una indemnización adecuada por la adquisición a gran escala de tierras y de otros recursos. Asimismo, el Comité alienta al Estado parte a que intensifique sus esfuerzos para empoderar a las mujeres rurales y las mujeres que viven en zonas remotas para hacer frente y adaptarse al cambio climático.
Grupos desfavorecidos de mujeres
El Comité lamenta la falta de información específica con respecto a las medidas dirigidas a abordar la discriminación y la violencia a las que se enfrentan determinados grupos desfavorecidos de mujeres, como por ejemplo las mujeres que viven en una difícil situación económica, las mujeres indígenas y afroperuanas, las migrantes, las mujeres de edad, las mujeres con discapacidad, las reclusas, las mujeres lesbianas, bisexuales y trans, y otras mujeres que afrontan formas múltiples e interrelacionadas de discriminación. El Comité reitera su preocupación por que las mujeres rurales e indígenas en particular sigan enfrentándose a barreras en el ejercicio de sus derechos y en el acceso a los servicios básicos, la tenencia de la tierra y los mecanismos de crédito.
El Comité recomienda al Estado parte que facilite información y datos estadísticos exhaustivos en su próximo informe periódico sobre la situación de los grupos desfavorecidos de mujeres y la aplicación de los instrumentos de política existentes para abordar sus especificidades. Insta al Estado parte a prestar especial atención a las necesidades de las mujeres de las zonas rurales, las mujeres indígenas y las que pertenecen a minorías, y a garantizar que participen en los procesos de adopción de decisiones y tengan pleno acceso a la justicia, los servicios básicos, la tenencia de la tierra y los mecanismos de crédito.