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Boletín N°3: Sin Consentimiento, no hay Consulta

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Boletín N°3: Sin Consentimiento, no hay Consulta

Presentamos una nueva edición de nuestro boletín semestral, esta vez dedicado al Balance del Proceso Participativo de la Política Nacional de Pueblos Indígenas.

En el Perú, el marco normativo más importante para el reconocimiento y protección de los derechos individuales y colectivos de los pueblos indígenas está contenido en el derecho internacional y es vinculante para el Estado peruano a partir de los convenios ratificados, la Constitución y la jurisprudencia de la Corte Interamericana.

Gran parte de los derechos de los pueblos indígenas no tiene un desarrollo legal. Aunque las leyes de comunidades se refieren al derecho territorial, la ley de comunidades campesinas data de 1992 -hace 30 años- y la de comunidades nativas de la década de los 70 -hace casi 50 años-. Esto constituye un problema central, porque los derechos de los pueblos indígenas se han desarrollado en las últimas décadas, por tanto, ambas leyes no están ajustadas a los estándares internacionales de nuestro derecho al territorio integral colectivo.

Está además la ley de consulta previa -que no cuenta con la legitimidad de los pueblos indígenas-, la ley de protección de conocimientos colectivos -que no ha sido implementada-, y la ley para la Educación Intercultural Bilingüe -que en estos últimos años ha tenido una implementación regresiva-. Luego hay leyes generales que tienen artículos particulares sobre los derechos de los pueblos indígenas, que claramente son insuficientes para garantizar su ejercicio.

A nivel de derecho comparado somos el país que menos ha desarrollado e implementado los derechos de los pueblos indígenas, esto muy a pesar de que representamos más de la cuarta parte de la población en el Perú. En ese contexto, la formulación de la Política Nacional de Pueblos Indígenas es de mucha importancia y su aprobación, al darle un real desarrollo a los derechos, marcará un hito histórico.

Para ello, dada la importancia de esta política, en ONAMIAP tenemos claro que no puede ser un documento aprobado rápidamente o de forma ligera, sino que debe implicar un largo proceso de socialización, debate y discusión, para lograr una política que refleje los reales problemas de los pueblos indígenas y oriente el accionar del Estado a resolverlos, respetando nuestro derecho a la libre determinación.

Revisa aquí el boletín completo:

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